CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2022

Las Cámaras son Corporaciones de Derecho Público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configuran como órganos consultivos y de colaboración con las Administraciones Públicas, sin menoscabo de los intereses privados que persiguen, con estructura y funcionamiento democráticos.

El 5 de octubre el Boletín oficial del Estado publicó la Orden ICT/1074/2021, que declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.

Forman parte del censo electoral de la Cámara de Comercio de Santiago, pudiendo ejercer su derecho electoral activo y pasivo, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales, o de servicios mediante establecimiento, delegaciones o agencias sitos en la demarcación territorial de la Cámara.

APERTURA DEL PROCESO ELECTORAL Y COMPOSICIÓN DEL PLENO

PROCESO ELECTORAL  2022/2023

A. Normativa Aplicable.

B. Apertura del Proceso Electoral y composición del Pleno.

C. Convocatoria de Elecciones.

D. Junta Electoral

E. Candidatos elegibles y presentación de candidaturas

F. Voto por correo

G. Anuncio exposición pública de las candidaturas del gruo A) y B) y documentación anexa para la renovación  de los plenos de las Cámara Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Nvegación de Galicia. (ver)

H. Proclamación de candidaturas.

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A. NORMATIVA APLICABLE

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B. APERTURA DEL PROCESO ELECTORAL Y COMPOSICIÓN DEL PLENO

 1.- ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS PLENOS DE LAS CÁMARAS 2022/2023

La Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, (BOE Nº 238, de 5 de octubre de 2021) declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.

El proceso electoral quedará abierto a partir del 7 de octubre de 2021 y finalizará el día 15 de noviembre de 2023.

Esta Orden determina el inicio del proceso de renovación de los Plenos de las Cámaras de Comercio españolas, que en el caso de Santiago de Compostela, supone la conformación del nuevo Pleno establecido en el artículo 14 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, Industria y navegación de Galicia, que quedará integrado por:

  1. 16 Vocales representantes de todas las empresas pertenecientes a la demarcación de la Cámara, de acuerdo con la clasificación en grupos y categorías establecidas el Reglamento de Régimen Interior.

  2.  4 Vocales representantes de empresas y personas de reconocido prestigio designados a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y territoriales más representativas.

  3.  4 Vocales representantes de las empresas de mayor aportación voluntaria en la demarcación. 

2.- EXPOSICIÓN DEL CENSO ELECTORAL 

El censo electoral de la Cámara de Comercio de Santiago, se expuso al público en el domicilio corporativo, en la web de la Cámara y en el departamento territorial de A Coruña de la Consellería de Economía, Empresa e Innovación de la Xunta de Galicia, del 25 de octubre al 13 de noviembre de 2021, teniendo de plazo las empresas electoras para formular sus alegaciones sobre error, inclusión o exclusión, hasta el 26 de noviembre de 2021, sin que se hubieran formulado objeciones al mismo.

 3.- COMPOSICIÓN DEL PLENO

 Vocales:

El artículo 14 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, Industria y navegación de Galicia, en su apartado 2, a), determina que el Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santiago de Compostela, estará compuesto, entre otros, por 16 Vocales representantes de todas las empresas pertenecientes a su demarcación, atendiendo a la representatividad de los distintos sectores económicos a que pertenezcan, de acuerdo con la clasificación en los grupos y categorías establecidos en el Reglamento de Régimen Interior.

Así, el Anexo del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria Servicios y Navegación de Santiago de Compostela, aprobado por Resolución de 22 de octubre de 2021 de la Dirección Xeral de Comercio e Consumo, determina los grupos electorales, actividades que agrupan y los Vocales a elegir en cada uno, de la siguiente forma:

  

ANEXO I

DISTRIBUCIÓN DE VOGALÍAS POR GRUPOS E CATEGORÍAS

 GRUPO A: INDUSTRIA, ENERXÍA E OUTRAS ACTIVIDADES

Divisións 1, 2, 3 e 4 da Sección 1ª do IAE
 

Elixen ......................................................................3 Vogales

- Categoría I: Divisións 1, 2 e 3............................Elixen 1 vogal

- Categoría II: División 4 .....................................Elixen 2 vogales

 

GRUPO B: CONSTRUCCIÓN

División 5 da Sección 1ª del IAE
 

Elixen..........................................................................2 Vogales

- Categoría única......................................................Elixen 2 vogales

 

GRUPO C: COMERCIO, HOSTELERÍA E TRANSPORTES

Divisións 6 e 7 da Sección 1ª del IAE
 

Elixen…………………………………………………………………......6 Vogales

- Categoría I: Agrupacións 61, 62 e 63………….............Elixen 1 vogal

- Categoría II: Agrupación 64…………………………….……Elixen 1 vogal

- Categoría III: Agrupacións 65 e 66………………………..Elixen 2 vogales

- Categoría IV: Agrupacións 67, 68 e 69…………............Elixen 1 vogal

- Categoría V: División 7 ….……………………………………..Elixen 1 vogal

 

GRUPO D: OUTROS SERVIZOS

Divisións 8 e 9 da Sección 1ª do IAE e Sección 2ª do IAE
 

Elixen……………………………………………………………………………5 Vogales

- Categoría I: Agrupacións 81, 82 e 83 ………………………..Elixen 1 vogal

- Categoría II: Agrupacións 84, 85 e 86 ……………………...Elixen 2 vogales

- Categoría III: División 9 e Sección 2ª IAE…………..........Elixen 2 vogales

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 C. CONVOCATORIA DE ELECCIONES

Resolución del 11 de octubre de 2022, de la Dirección Xeral de Comercio e Consumo, por la que se convocan las elecciones para la renovación de los plenos de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de Galicia.

ANUNCIO CONVOCATORIA DE ELECCIONES (ver)

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 D. JUNTA ELECTORAL.

Sorteo Público Junta Electoral (ver convocatoria)

 La Ley 5/2004, de 8 de julio, en su artículo 33 y el Decreto 431/2009, de 19 de noviembre, en su artículo 21, determinan la constitución de una Junta Electoral confiándole la garantía de la objetividad y transparencia del proceso electoral. Dicha Junta estará integrada por dos representantes de la Administración tutelante, uno de los cuales la preside, y tres representantes de los electores de la Cámara elegidos por sorteo en acto público.

A dichos efectos, el próximo viernes, 28 de octubre 2022 a las 10.00 horas, en la Cámara Oficial de Comercio, Industria Servicios y Navegación de Santiago, se va a celebrar en acto público, el sorteo para la determinación de los 3 representantes de los electores que formarán parte de la Junta Electoral del proceso de renovación de los Órganos de Gobierno de esta Cámara.

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E. CANDIDATOS ELEGIBLES Y PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS.

 1.- CANDIDATOS ELEGIBLES

 En atención a lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento de Régimen Electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Autónoma de Galicia, tienen derecho electoral activo y pasivo las personas naturales y jurídicas inscritas en el último Censo electoral aprobado por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santiago, de acuerdo con su respectivo Reglamento de Régimen Interior, siempre que no se encuentren inhabilitadas por alguno de los casos que determine su incapacidad  e inelegibilidad con arreglo a lo previsto en la normativa vigente.

De conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Régimen Electoral de las Cámaras de Comercio de Galicia, para ser elegible como miembro del Pleno de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santiago de Compostela se habrán de reunir los siguientes requisitos, en la fecha que finalice el plazo de presentación de candidaturas:

  1. Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea, la de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la de un Estado a cuyos nacionales se extienda, en virtud del correspondiente Acuerdo o Tratado Internacional, el régimen jurídico previsto para los ciudadanos anteriormente citados, o bien en caso de tener una nacionalidad distinta a las anteriores se podrá tener candidato de acuerdo con el principio de reciprocidad.

  2. Llevar, como mínimo, dos años de ejercicio en la actividad empresarial en los territorios citados en el apartado a). Esta circunstancia se acreditará mediante el alta en el en el IAE o, en su caso, acreditación equivalente para el ejercicio de la actividad en los demás supuestos.

  3. Estar incluido en el censo electoral dentro del grupo y categoría por representación de la cual se opta.

  4. No ser empleado/a de la Cámara ni estar participando en obras o concursos que aquella convoque, en el momento de presentarse la candidatura o de realizarse las elecciones.

  5. No encontrarse inhabilitadas por incapacidad, inelegibilidad o incompatibilidad de acuerdo con la normativa electoral vigente, ni estar incursas en un proceso concursal cualificado de culpable o cumpliendo una pena privativa de libertad.

 

2.- PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

 La regulación aplicable a la presentación y proclamación de candidaturas se encuentra en los artículos 34 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santiago de Compostela, y 24 del Decreto 431/2009, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Autónoma de Galicia.

De estos preceptos se deducen los siguientes datos de interés para la presentación de candidaturas:

 1.- Plazo para la presentación de candidaturas.

Las candidaturas deberán presentarse durante los 15 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el D.O.G.

La convocatoria se ha publicado el día 25 de octubre de 2022 en el D.O.G., por lo tanto, el plazo para presentar candidaturas será del 26 de octubre al 16 de noviembre de 2022, ambos inclusive.

 2.- Documentación que se debe presentar:

La candidatura deberá presentarse por escrito, ante la Secretaría de la Cámara de Santiago, C/ República Checa nº 40. Polígono de Costa Vella. 15707 Santiago de Compostela.

ANEXOS

ANEXO I.- Solicitud censo persona física.

Anexo I.1.- Solicitud censo persona jurídica.

Anexo II.- Solicitud certificación requisitos elegibilidad art. 10.

ANEXO III.- Solicitud de tarjeta censal.

ANEXO V-1.- Presentación de candidatura persona física.

ANEXO V-2.- Presentación de candidatura persona jurídica.

Anexo VI-1.- Escrito de apoyo de persona jurídica a la candidatura.

Anexo VI-2.- Escrito de apoyo de persona física a la candidatura.

Anexo VII-3.- Sobre para la papeleta de votación.

Anexo VII-4.- Papeleta de votación para sufragio del electorado.

Anexo VII-5.- Papeleta de votación para sufragio a propuesta de las organizaciones empresariales.

Anexo X.- Declaración responsable de estar al día en el pago de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

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F. VOTO POR CORREO.


La regulación aplicable al voto por correo se encuentra en el artículo 34 del Decreto 431/2009, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Autónoma de Galicia.

 

INSTRUCCIONES SOLICITUD DE VOTO POR CORREO (Art. 35 Decreto 431/2009).

Modelo normalizado de solicitud solicitado personalmente y por escrito ante la Cámara y facilitados de forma individualizada a cada persona electora, después de acreditar su identidad.

 ACREDITACIÓN IDENTIDAD:

  • Persona física: Mediante DNI, no se admite fotocopia.
  • Persona jurídica: Únicamente al apoderado, después de acreditar su condición de forma que haga fe.

 

1.- Plazo para la solicitud del voto por correo.

  • El plazo para la presentación de la solicitud del voto por correo será del 26 de octubre al 23 de noviembre de 2022, ambos incluidos.

2.- Dónde presentar la documentación:

  • En la Secretaría de la Cámara, o
  • En cualquier oficina de correos por correo certificado e urxente indicando que se trata de un envío del Proceso Electoral de la Cámara de Comercio de Santiago.

 DOCUMENTACIÓN:

  • Persona física: Fotocopia del DNI del firmante o pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residencia. En el caso de remitir la solicitud por correo, se exige que la documentación que se utilice para acreditar la identidad esté debidamente compulsada.
  • Persona jurídica: Documentos que acrediten la representación suficiente, artículo 7.2., o tarjeta censal.

 

ANEXOS


ANEXO II-1.- Solicitud para la emisión del voto por correo de las personas físicas.

ANEXO II-2.- Solicitud para la emisión del voto por correo de las personas jurídicas.

Anexo II-3.- Renuncia del voto emitido por correo de las personas físicas.

Anexo II-4.- Renuncia del voto emitido por correo de las personas jurídicas.

Anexo VII-1.- Sobre exterior para envío por el solicitante del voto por correo.

Anexo VII-2.- Sobre para el envío de documentación del voto por correo.

Proyecto financiado por la Diputación de A Coruña